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SCJN ordena libertad inmediata de 7 acusados por Acteal

Mié, 01/02/2012 - 6:32pm
Lugar: 
Ciudad de México
Fuente: 
Notimex

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó la inmediata libertad de siete personas acusadas de haber participado en la matanza de Acteal, Chiapas ocurrida el 22 de diciembre de 1997, debido a la invalidez de las pruebas en su contra.

La Primera Sala de la Corte determinó que las pruebas utilizadas para dictar la sentencia de 35 años de prisión a los acusados, no tienen validez pues se consideró que para su obtención se utilizaron medios viciados.

Los ministros precisaron que para dictarles la sentencia se tomaron en cuenta pruebas ilícitas, lo que vulneró sus derechos constitucionales al debido proceso, por lo que se ordenó su inmediata libertad.

Al resolver los reconocimientos de inocencia, la Sala del Alto Tribunal confirmó la inocencia de los acusados pues en la sentencia que se dictó aparecieron documentos públicos que invalidan las pruebas en que se fundó esta pena.

En este caso el Ministerio Público inició una averiguación previa a partir de un reporte de un policía en el que informó que en la comunidad de Acteal, municipio de Chenalhó se encontraban varias personas muertas y con lesiones.

Con base en esta indagatoria y las diligencias respectivas, el Juez de Distrito consideró penalmente responsables a los siete involucrados, quienes reclamaron que la sentencia en su contra se sustentó en declaraciones de testigos y en un álbum fotográfico, pruebas que la misma Corte ya había calificado de ilícitas.

En este sentido, la Primera Sala determinó fundados los reconocimientos de inocencia, con base en el acuerdo emitido en los amparos sobre estos hechos, en el cual se determinó la ilicitud de las pruebas.

“Efectivamente, las pruebas mediante las cuales se les condenó carecen de licitud”, apuntaron los ministros y agregaron que las declaraciones de los lesionados que señalaron como culpables a los sentenciados fueron inducidas, y por lo tanto viciadas y carentes de legalidad.

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